Enero 07, 2026

Política de Prevención del Daño Antijurídico

Los artículos 2.2.4.3.1.2.2 y 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015 en concordancia con los artículos 117 y 120 de la Ley 2220 de 2022 definen la naturaleza jurídica del comité de conciliación precisando que es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Así mismo, establecen entre las funciones del Comité de Conciliación las de formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico y diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad.