Con el Artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015, que expresamente señala: “ El Comité de Conciliación es un órgano administrativo que sirve como centro de investigación, análisis y mediación”, Corporinoquia adoptó su Plan de Prevención de Daños Antijudiciales. Política para definir todas las acciones que desde la gestión pública se puede avanzar en la dirección de minimizar los procesos judiciales contra la entidad y, en consecuencia , proteger los recursos públicos . Para ello , el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del mismo reglamento especifica que una de sus funciones es "1. Formular y ejecutar las medidas antijurídicaspolíticas de prevención de daños ."