Diciembre 08, 2024

REGISTRO DEL DEPARTAMENTO DE GESTION AMBIENTAL

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Corporinoquia a través de la Subdirección de Control y Calidad Ambiental ha adelantado en el grupo de Control y Seguimiento un instrumento documental denominado Registro del Departamento de Gestión Ambiental de las pequeñas, medianas y grandes industrias con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1299 del 2008 acogido por el Decreto Único Reglamentario del sector ambiente 1076 del 2015 en su Capitulo 11 sección 1.

 

 

El Registro del Departamento de Gestión Ambiental es la herramienta de captura de información de las empresas a nivel industrial que de acuerdo al ámbito de aplicación establecido en el Articulo 2.2.8.11.1.3 del Decreto 1076 del 2015 “…se aplicará a todas las empresas a nivel industrial cuyas actividades, de acuerdo a la normatividad ambiental vigente, requieran de licencia ambiental, plan de manejo ambiental, permisos, concesiones y demás autorizaciones ambientales.” Mediante este registro todas empresas a nivel industrial informarán a Corporinoquia sobre las acciones que adelantan para dirigir la gestión ambiental, velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental, prevenir, minimizar y controlar la generación de cargas contaminantes, promover la producción limpia y el uso racional de los recursos naturales, aumentar la eficiencia energética y el uso de combustibles más limpios; implementar opciones para la reducción emisiones de efectos invernadero; y conservar los ecosistemas tal y como lo determina el decreto 1299 de 2008.

 

 

En el marco del Articulo 2.2.8.11.1.6 del Decreto 1076 de 2015, se han contemplado algunas funciones que como mínimo el departamento de gestión ambiental de las industrias debe desempeñar las cuales son:

 

1. Velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.

2. Incorporar la dimensión ambiental en la toma de decisiones de las empresas.

3. Brindar asesoría técnica -ambiental al interior de la empresa.

4. Establecer e implementar acciones de prevención, mitigación, corrección compensación

de los impactos ambientales que generen.

5. Planificar, establecer e implementar procesos y procedimientos, gestionar recursos que

permitan desarrollar, controlar y realizar seguimiento a las encaminadas a dirigir la gestión

ambiental y la gestión de riesgo ambiental de las mismas.

6. Promover el mejoramiento de la gestión y desempeño ambiental al interior de la empresa. 7. Implementar mejores prácticas ambientales al interior de la empresa.

8. Liderar la actividad de formación y capacitación a todos los niveles de la empresa en materia ambiental.

9. Mantener actualizada la información ambiental de la empresa y generar informes periódicos.

10. Preparar la información requerida por el Sistema de Información Ambiental que administra el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM.

11. Las demás que se desprendan de su naturaleza y se requieran para el cumplimiento de una gestión ambiental adecuada.

 

 

RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LAS INSDUSTRIAS PARA CON LA AUTORIDAD AMBIENTAL

 

 

Tal y como lo establece el Artículo 2.2.8.11.1.7 del Decreto 1076 del 2015, es obligación de las industrias allegar información a la autoridad ambiental competente sobre la conformación del departamento de gestión ambiental, las funciones y responsabilidades asignadas; para esto, Corporinoquia ha diseñado un formulario de información sobre la conformación del departamento de gestión ambiental el cual reúne todos los datos que precisa la corporación para hacer el debido registro de la industria dentro de la base de datos de la Subdirección de Control y Calidad Ambiental.

 

 

El formulario de información sobre el departamento de gestión ambiental cuenta con un espacio diseñado para que el usuario suministre la información relacionada con la persona jurídica de la industria la cual debe coincidir con los datos que se encuentren en el respectivo certificado de representación legal de la cámara de comercio.

Imagen 1. Información de la Empresa contenida dentro del formulario de información de DGA.

 

 

Así mismo, en el formulario se ha dispuesto de casillas para que el usuario relacione la información asociada con los permisos ambientales que se tienen con la autoridad ambiental dando cumplimiento al Artículo 2.2.8.11.1.3 del Decreto 1076 del 2015 que determina el ámbito de aplicación de departamento de gestión ambiental.

Imagen 2. Información relacionada con licencia ambiental, plan de manejo ambiental, permisos, concesiones y demás autorizaciones ambientales de la Industria contenida dentro del formulario de información de DGA.

 

 

De igual manera, dentro del formulario se ha establecido el espacio para que la empresa clasifique su nivel industrial de acuerdo con las actividades económicas que desarrolle y que estén acordes con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme –CIIU establecidas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE mediante la Resolución 56 de 1998 y modificada por la Resolución 300 de 2005 y aquellas que la modifiquen o sustituyan. Esto, con el ánimo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.8.11.1.2 del decreto 1076 de 2015 con respecto a las definiciones establecidas para efectos de la interpretación de la normatividad que aplica al departamento de gestión ambiental.

Imagen 3. Información relacionada con el tipo de industria y el código CIIU           

 

 

Para la conformación del departamento de gestión ambiental, la industria cuenta dentro del formulario con un espacio para poner en conocimiento de esta Autoridad Ambiental las personas, dependencias, contacto y funciones de quienes lo conforman, esto de acuerdo con el artículo 2.2.8.11.1.5 del Decreto 1076 de 2015.

Imagen 4. Información relacionada con la conformación del DGA.

 

 

Para dar cumplimiento al artículo 2.2.8.11.1.6 del decreto 1076 del 2015 el cual establece las funciones del departamento de gestión ambiental, Corporinoquia ha dispuesto dentro del formulario de registro las diez (10) funciones que como mínimo deben desempeñar los DGA de las industrias indicando el responsable de la función y el medio de verificación de la misma.

 

Imagen 5. Funciones del DGA.

 

 

La información suministrada por las empresas será registrada en medio físico y magnético en el Grupo de Control y Seguimiento de la Subdirección de Control y Calidad Ambiental con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 2.2.8.11.1.7 y 2.2.8.11.1.8 del Decreto 1076 de 2015 que determina la obligatoriedad de informar a las autoridades ambientales competentes sobre la conformación del departamento de gestión ambiental, las funciones y responsabilidades. Así mismo, cabe mencionar que el incumplimiento a lo establecido en la normatividad ambiental ya mencionada es una infracción por violación de las normas contenidas en las disposiciones ambientales vigentes tal y como lo establece el Artículo 5 de la Ley 1333 de 2009 el cual determina “Artículo 5. Infracciones. Se considera infracción en materia ambiental toda acción u omisión que constituya violación de las normas contenidas en el Código de Recursos Naturales, Renovables Decreto-ley 2811 de 1974, en la Ley 99 de 1993, en la Ley 165 de 1994, y en las demás disposiciones ambientales vigentes, en que las sustituyan o modifiquen y en los actos administrativos emanados de la autoridad ambiental competente”. De conformidad con la Resolución 2086 del 2010 por medio de la cual se establece la metodología para el cálculo de multas por infracción a la normativa ambiental, se establecerán las variables para la tasación de la sanción administrativa tipo multa bajo los principios de proporcionalidad y razonabilidad para el incumplimiento de la normatividad ambiental.

 

 

Por otra parte, se informa a las pequeñas, medianas y grandes empresas que una vez diligenciado el formulario debe radicarse en cuanquiera de las sedes de Corporinoquia en la jurisdicción las cuales son:

Sede Principal en Yopal: Cra 23 N° 18 – 31. Tel: (8) 635 85 88 - Telefax: (8) 632 26 23.

Subsede Arauca: Cra 25 N° 15 – 69. Tel: (7) 885 20 26 - Telefax: (7) 885 39 39

Subsede La Primavera: Cll 4 N° 9 – 72 Cel: 3132838233 – 3105816858

Unidad Ambiental Caqueza: Cll 5ª N° 1 – 73. Tel: (1) 848 0929

E- mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. / Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.